Artículo 1362 del Código de Comercio
En el seguro sobre el buque, faltando la declaración del valor, no surte efecto alguno el contrato. Sin embargo, puede hacerse asegurar en una sola póliza, y por una sola cantidad, el buque y el cargamento. En tal caso, la suma del seguro, será repartida, según el valor del buque y de la carga.
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