Artículo 1402 del Código de Comercio
La cuenta del asegurado debe ir acompañada de documentos que justifiquen: El contrato de seguro. El embarque de los efectos asegurados. El viaje del buque. La pérdida de las cosas aseguradas. Estos documentos se comunicarán a los aseguradores para que en su vista verifiquen el pago del seguro, o deduzcan su oposición.
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