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  2. Código General del Proceso
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  4. Las partes
  5. Responsabilidad de las partes o de sus abogados y apoderados

Artículo 60 del Código General del Proceso

Responsabilidad del apoderado.-

El apoderado podrá ser condenado en costas y costos, solidariamente con su representado, cuando de su actividad procesal surja, en forma manifiesta, que existe mérito para ello.

Texto según IMPO.Ver en IMPO

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Capítulo V · Responsabilidad de las partes o de sus abogados y apoderados · arts. 56 a 61

  1. 56Condenaciones en la sentencia definitiva.-
  2. 57(Condenaciones en los incidentes).- Las sentencias de primera…
  3. 58Condena al actor.-
  4. 59Condena en caso de litisconsorcio.-
  5. 60Responsabilidad del apoderado.-
  6. 61Daños y perjuicios.-