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  1. Normas
  2. Código Penal
  3. Parte general
  4. De las penas
  5. De sus límites, naturaleza y efectos

Artículo 71 del Código Penal

(De la prisión)

La pena de prisión se sufrirá en cárceles urbanas y, en cuanto fuere posible, se observará el régimen establecido para la pena de penitenciaría, en las cárceles de igual clase.

Texto según IMPO.Ver en IMPO

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Capítulo II · De sus límites, naturaleza y efectos · arts. 68 a 84

  1. 68La pena de penitenciaría durará de dos a treinta años. La pena…
  2. 69En la imposición de toda pena deberá descontarse el tiempo…
  3. 70(De la pena de penitenciaría)
  4. 71(De la prisión)
  5. 72(Peculio)
  6. 73(Inembargabilidad del peculio)
  7. 74
  8. 75(Inhabilitación absoluta)
  9. 76(Inhabilitación especial)
  10. 77(Inhabilitación especial para determinada profesión)
  11. 78(La suspensión)
  12. 79(De los derechos políticos)
  13. 80No podrán los Jueces sobrepasar el máximo ni descender del mínimo…
  14. 81(Penas accesorias a la de penitenciaría)
  15. 82(Penas accesorias a la prisión)
  16. 83(De la multa)
  17. 84(Sustitución de la multa)