Artículo 249 del Código Rural

La infracción de las disposiciones de los artículos anteriores hace presumir la existencia de fraude en la faena y sujeta al infractor a multa hasta de trescientos pesos que le impondrá el Juez de Paz de la sección, según la clase y las circunstancias del caso y sin perjuicio de las responsabilidades que puedan resultar.

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