Artículo 248 del Texto Ordenado Asistencia Médica

Sanciones.-

Facķltase al Poder Ejecutivo para establecer en sus reglamentos administrativos sobre salud pķblica, penas para el caso de omisiůn o incumplimiento de las disposiciones que tome en materia de salubridad y asistencia pķblica.

Fuente: Ley No. 9.202 de 12 de enero de 1934 artŪculo 8o.

Texto ajustado

None

Texto según IMPO.