Artículo 238 del Texto Ordenado Asistencia Médica

Ejercicio ilegal.-

Ejerce ilegalmente la medicina el que, careciendo de tŪtulo regularmente expedido o revalidado de acuerdo con las leyes de la Naciůn, se dedicare al tratamiento de las enfermedades ejerciendo actos reservados a las personas habilitadas por el Estado para tal fin.

Fuente: Ley No. 9.202 de 12 de enero de 1934 artŪculo 15ļ.

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Texto según IMPO.