Artículo 238 del Texto Ordenado Asistencia Médica
Ejercicio ilegal.-
Ejerce ilegalmente la medicina el que, careciendo de tŪtulo regularmente expedido o revalidado de acuerdo con las leyes de la Naciůn, se dedicare al tratamiento de las enfermedades ejerciendo actos reservados a las personas habilitadas por el Estado para tal fin.
Fuente: Ley No. 9.202 de 12 de enero de 1934 artŪculo 15ļ.
None
Texto según IMPO.

