Artículo 52 del Texto Ordenado Obras Públicas
No estando conforme el Contratista con lo resuelto por la Dirección, expondrá dentro del término de diez días los fundamentos de su desconformidad. Si dejara trancurrir este término sin presentar reclamaciones, se entenderá que acepta lo resuelto por la Dirección y no le será admitida ninguna protesta ulterior.
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Texto según IMPO.

