Artículo 54 del Texto Ordenado Obras Públicas

Verificada la recepción definitiva, se hará la liquidación final de las obras y trabajos que con arreglo a las condiciones del contrato y órdenes de servicio hubieran sido efectuadas.

Aprobada dicha liquidación, se devolverán las garantías al Contratista con la deducción de las multas en que hubiera incurrido y siempre que contra él no exista reclamación alguna por dańos y perjuicios producidos a consecuencia de las obras y que sean de su cuenta, o por deudas de jornales.

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Texto según IMPO.