Artículo 165 del Texto Ordenado de Contabilidad y Administración Financiera (TOCAF) 2012

Los incisos comprendidos en el Presupuesto Nacional deberán contar con sistemas de control de gestión a nivel de sus Unidades Ejecutoras, adecuados según las normas técnicas que imparta la Oficina de Planeamiento y Presupuesto. Dichos sistemas deberán proveer, sobre una base periódica, de indicadores de eficacia, eficiencia y calidad para los programas presupuestarios en ejecución.

Fuente: ley 16.736, de 5/ene/996, artículo 41.

None

Texto según IMPO.Ver en IMPO