Artículo 116 del Código Aeronáutico
(Taxi aéreo).- El Poder Ejecutivo reglamentará los servicios y condiciones de las empresas de taxi aéreo y fijará sus tarifas.
Reglamentado por: Resolución N° 324/020 de 14/09/2020, Decreto N° 269/978 de 16/05/1978.
Texto según IMPO.Ver en IMPO

