Artículo 1030 del Código Civil
Lo dispuesto en los artículos precedentes se entenderá sin perjuicio del derecho de representación a que hubiere lugar. (Artículo 1021).
Texto según IMPO.Ver en IMPO
Lo dispuesto en los artículos precedentes se entenderá sin perjuicio del derecho de representación a que hubiere lugar. (Artículo 1021).
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