Artículo 1351 del Código Civil
El deudor puede librarse entregando cualquiera de las dos cosas prometidas; pero no puede obligar al acreedor a recibir parte de una y parte de otra.
Texto según IMPO.Ver en IMPO
El deudor puede librarse entregando cualquiera de las dos cosas prometidas; pero no puede obligar al acreedor a recibir parte de una y parte de otra.
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