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  5. De las incapacidades para la tutela y de las causas de

Artículo 357 del Código Civil

El juicio sobre las incapacidades o excusas alegadas por el tutor, deberá seguirse con el Ministerio Público.

Texto según IMPO.Ver en IMPO

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Capítulo III · De las incapacidades para la tutela y de las causas de · arts. 352 a 365

  1. 352Son incapaces de toda tutela:
  2. 353Pueden excusarse de la tutela (artículo 335, inciso 1º):
  3. 354Los tutores que no hicieren saber al Juez las causas de incapacidad…
  4. 355Los que para no aceptar la tutela, quieran aprovecharse…
  5. 356Si las causas de excusa del artículo 353 sobrevinieran durante…
  6. 357El juicio sobre las incapacidades o excusas alegadas por el tutor…
  7. 358Si el Juez no reconociere las causas de incapacidad alegadas…
  8. 359El tutor testamentario que se excusare de la tutela aun con causa…
  9. 360Serán removidos de la tutela:
  10. 361Pueden y deben denunciar las causas de remoción los parientes…
  11. 362Denunciada la causa por la cual el tutor debe ser removido, y si…
  12. 363Declarada procedente la remoción, se dará nuevo tutor al menor, si…
  13. 364Si la decisión del juicio de remoción fuese favorable al tutor…
  14. 365En el caso del artículo precedente, a más del derecho que compete…