Artículo 67 del Código Tributario
(Requisitos de la determinación).- El acto de determinación debe contener las siguientes constancias:
1º) Fecha y firma del funcionario competente. 2º) Indicación del tributo y del período fiscal si correspondiere. 3º) Discriminación de los importes exigibles por tributos, intereses y
sanciones. 4º) Los fundamentos de la resolución.
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