Artículo 67 del Código Tributario

(Requisitos de la determinación).- El acto de determinación debe contener las siguientes constancias:

1º) Fecha y firma del funcionario competente. 2º) Indicación del tributo y del período fiscal si correspondiere. 3º) Discriminación de los importes exigibles por tributos, intereses y

sanciones. 4º) Los fundamentos de la resolución.

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