Artículo 1230 del Código Civil
Lo dispuesto en este Título se entenderá sin perjuicio de las prescripciones determinadas particularmente en otros Títulos de este Código o en leyes especiales.
Texto según IMPO.Ver en IMPO
Lo dispuesto en este Título se entenderá sin perjuicio de las prescripciones determinadas particularmente en otros Títulos de este Código o en leyes especiales.
Texto según IMPO.Ver en IMPO