Artículo 2214 del Código Civil
En las deudas ilíquidas, los intereses corren desde la demanda judicial por la suma del crédito que resulte de la liquidación.
Texto según IMPO.Ver en IMPO
En las deudas ilíquidas, los intereses corren desde la demanda judicial por la suma del crédito que resulte de la liquidación.
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