Artículo 158 del Código Contencioso Administrativo
(Traslado de la demanda).- Presentada la demanda en forma, se conferirá traslado a la parte demandada por el plazo de treinta días.
Texto según IMPO.Ver en IMPO
(Traslado de la demanda).- Presentada la demanda en forma, se conferirá traslado a la parte demandada por el plazo de treinta días.
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