Artículo 1202 del Código de Comercio
Fletándose un buque por entero, sólo se entiende reservada la cámara del capitán y los lugares necesarios para el personal y material del buque.
Texto según IMPO.Ver en IMPO
Fletándose un buque por entero, sólo se entiende reservada la cámara del capitán y los lugares necesarios para el personal y material del buque.
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