Artículo 738 del Código de Comercio
Los fonderos o posaderos responden como depositarios de los equipajes de los viajeros que se hospedan en su establecimiento, con tal que hayan sido introducidos con ciencia suya.
Texto según IMPO.Ver en IMPO
Los fonderos o posaderos responden como depositarios de los equipajes de los viajeros que se hospedan en su establecimiento, con tal que hayan sido introducidos con ciencia suya.
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