Artículo 370 del Código General del Proceso

Cesación de condominio de origen contractual.-

Es el proceso en el que se demanda la cesación de condominio de origen contractual mediante la venta de la cosa común en remate público (artículos 1755 y 1756 del Código Civil) y procede disponerla cuando cualquiera de los propietarios, acreditando el dominio con la prueba requerida por derecho y afirmando la imposibilidad de división cómoda y sin menoscabo, exige la venta y el reparto del precio que se obtenga.

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