Artículo 237 del Texto Ordenado Asistencia Médica

Valoración.-

En caso que se comprobare, con las garantías del debido proceso, la responsabilidad del establecimiento asistencial mérito a la denuncia realizada, la autoridad sanitaria impondrá las sanciones que le acuerda el derecho vigente en la materia.(Título V)

Fuente: Decreto 500/991 de 27 de diciembre de 1991 artículo 70.

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Texto según IMPO.