Artículo 24 del Texto Ordenado de Contabilidad y Administración Financiera (TOCAF) 2012
Al cierre del ejercicio, las obligaciones no pagadas y las disponibilidades constituirán deudas y recursos que afectan el ejercicio siguiente.
Fuente: ley 15.903 de 10/nov/987, artículo 473 con la redacción dada por el artículo 6 de la ley 17.213 de 24/set/999.
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