Artículo 3 del Texto Ordenado de Contabilidad y Administración Financiera (TOCAF) 2012

Constituyen recursos y fuentes de financiamiento del Estado: 1) Los impuestos, contribuciones o tasas que se establezcan de conformidad con la Constitución de la República. 2) La renta de los bienes del patrimonio del Estado y el producto de su venta. 3) El producto neto de las empresas del dominio comercial e industrial del Estado, en cuanto no esté afectado por sus leyes orgánicas o especiales. 4) El producto de otros servicios que se prestan con cobro de retribución. 5) El producto de empréstitos y otras operaciones de crédito. 6) Toda otra entrada que se prevea legalmente o que provenga de hechos, actos u operaciones que generen créditos o beneficios para el Estado.

Fuente: ley 15.903 de 10/nov/987, artículo 452.

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