Artículo 283 del Código Civil

El matrimonio y la emancipación producen el efecto de poder ejercer los hijos menores todos los actos de la vida civil, excepto aquellos que por este Código se prohiben a los menores habilitados de edad.

Por lo que hace al emancipado, está además sujeto a las restricciones expresadas en el Título Del matrimonio.

Texto según IMPO.Ver en IMPO