Artículo 850 del Código Civil
La indignidad no produce efecto alguno si no es declarada en juicio, a instancia de cualquiera de los interesados en la exclusión del heredero o legatario indigno.
Texto según IMPO.Ver en IMPO
La indignidad no produce efecto alguno si no es declarada en juicio, a instancia de cualquiera de los interesados en la exclusión del heredero o legatario indigno.
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