Artículo 76 del Texto Ordenado de Inversiones 2011
(Transferencias al ejercicio siguiente).- Al cierre del ejercicio, las obligaciones no pagadas y las disponibilidades constituirán deudas y recursos que afectan el ejercicio siguiente.
Fuente: Artículo 473 de la Ley N° 15.903 de 10 de noviembre de 1987, en la redacción dada por el artículo 6° de la ley N° 17.213 de 24 de setiembre de 1999.
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Texto según IMPO.

