Artículo 79 del Código de Comercio
Los libros de comercio, para ser admitidos en juicio, deberán hallarse con arreglo al inciso segundo del artículo 44.
Texto según IMPO.Ver en IMPO
Los libros de comercio, para ser admitidos en juicio, deberán hallarse con arreglo al inciso segundo del artículo 44.
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