NormasEntrarProbar gratis
  1. Normas
  2. Código de la Niñez y la Adolescencia
  3. I - De la filiación

Artículo 24 del Código de la Niñez y la Adolescencia

(Derecho a la protección).- Todo niño y adolescente tiene derecho, hasta la mayoría de edad, a recibir de sus padres y responsables la protección y cuidados necesarios para su adecuado desarrollo integral y es deber de éstos el proporcionárselos.

Texto según IMPO.Ver en IMPO

AnteriorArtículo 23SiguienteArtículo 25

Capítulo VII · I - De la filiación · arts. 23 a 44

  1. 23(Derecho a la filiación).- Todo niño y adolescente tiene derecho…
  2. 24(Derecho a la protección).- Todo niño y adolescente tiene derecho…
  3. 25(Derecho a la identidad).- Sin perjuicio de las normas del Registro…
  4. 26(Derecho al nombre y apellidos familiares). Todo niño tiene derecho…
  5. 27(Del nombre)
  6. 28(Derecho y deber a reconocer los hijos propios).- Todo progenitor…
  7. 29
  8. 30(Capacidad de los padres para reconocer a sus hijos).- Todo…
  9. 31(Formalidades del reconocimiento).- El reconocimiento puede tener…
  10. 32(Voluntad del hijo).- Cuando el hijo fuere reconocido luego de haber…
  11. 33(Inscripción tardía).- El derecho consagrado en el artículo…
  12. 34(Corresponsabilidad en la crianza. Determinación de la
  13. 35(Tenencia alternada o compartida. Facultades y deberes
  14. 36(Tenencia por terceros). 1) Cualquier interesado puede solicitar…
  15. 37(Procedimiento).- Todas las pretensiones relativas a la
  16. 38(Principio general).- Todo niño y adolescente tiene derecho…
  17. 39(Determinación de las visitas).-
  18. 40(Incumplimiento en permitir las visitas).- La parte que
  19. 41(Régimen de visitas definitivo).- El día hábil inmediato siguiente…
  20. 42(Incumplimiento en realizar las visitas).- Si la parte a cuyo favor…
  21. 43(Sanción por incumplimiento).- El incumplimiento grave o reiterado…
  22. 44(Principio general de procedimiento).- Todas las pretensiones…