Artículo 112 del Texto Ordenado de Contabilidad y Administración Financiera (TOCAF) 2012

El Tribunal de Cuentas evacuará las consultas que le formulen por escrito los organismos públicos, cuyo efecto será vinculante en el caso concreto y publicará periódicamente las consultas de interés general, así como otros dictámenes, ordenanzas y normas vigentes.

Fuente: ley 15.903 de 10/nov/987, con el agregado del artículo 659 (ARTICULO II) de la ley 16.170 de 28/dic/990.

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