Artículo 15 del Texto Ordenado de Inversiones 2011

(Tratamiento específico de las partidas asignadas a la ANEP).- La Administración Nacional de Educación Pública distribuirá los montos otorgados entre sus programas presupuestales, por grupo de gasto, lo que comunicará al Tribunal de Cuentas, al Ministerio de Economía y Finanzas, a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y a la Asamblea General dentro de los ciento veinte días del inicio de cada ejercicio.

Fuente: Artículo 671, inc. 2° de la Ley N° 18.719 de 27 de diciembre de 2010.

Consulte derogaciones, modificaciones e incidencias en la/s Norma/s

FUENTE: Ley Nş 18.719 de 27/12/2010 artículo 671.

Texto según IMPO.