Artículo 1600 del Código Civil
Las presunciones son consecuencias conjeturales que la ley o el magistrado sacan de un hecho conocido a otro desconocido.
Texto según IMPO.Ver en IMPO
Las presunciones son consecuencias conjeturales que la ley o el magistrado sacan de un hecho conocido a otro desconocido.
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