Artículo 391 del Código Civil
El tutor es responsable de todo perjuicio causado al menor en la administración de sus bienes, si hubiese culpa que se le pueda imputar. (Artículos 384 y 1344).
Texto según IMPO.Ver en IMPO
El tutor es responsable de todo perjuicio causado al menor en la administración de sus bienes, si hubiese culpa que se le pueda imputar. (Artículos 384 y 1344).
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