Artículo 414 del Código Civil
No tendrá derecho a remuneración alguna y deberá restituir lo que a ese título haya recibido, el tutor que fuere removido de la tutela por culpa grave. (Artículo 363).
Texto según IMPO.Ver en IMPO
No tendrá derecho a remuneración alguna y deberá restituir lo que a ese título haya recibido, el tutor que fuere removido de la tutela por culpa grave. (Artículo 363).
Texto según IMPO.Ver en IMPO