Artículo 622 del Código de Comercio
La confusión que se verifica en la persona del deudor principal, cuando viene a ser heredero del fiador, o al contrario, no extingue la acción del acreedor contra el que garantizó la solvencia del fiador.
CONCORDANCIA TEMATICA: Código Civil de 19/10/1994 artículo 2143.
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