Artículo 747 del Código de Comercio
La prenda confiere al acreedor el derecho de hacerse pago en la cosa dada en prenda, con preferencia a los demás acreedores en caso de concurso, con tal que medien las circunstancias requeridas en el título De la graduación de acreedores.
CONCORDANCIA TEMATICA: Código Civil de 19/10/1994 artículo 2297.
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