Artículo 195 del Código General del Proceso
Forma de las resoluciones judiciales.-
Los tribunales dictarán sus resoluciones en forma de providencias de trámite y de sentencias interlocutorias y definitivas.
Texto según IMPO.Ver en IMPO
Forma de las resoluciones judiciales.-
Los tribunales dictarán sus resoluciones en forma de providencias de trámite y de sentencias interlocutorias y definitivas.
Texto según IMPO.Ver en IMPO