Artículo 188 del Código Rural
Los frutos del país cuya venta, transacción o extracción hacen obligatorio el uso del certificado-guía, son: cueros, plumas, cerdas, astas, huesos, garras, colas y lanas.
Texto según IMPO.Ver en IMPO
Los frutos del país cuya venta, transacción o extracción hacen obligatorio el uso del certificado-guía, son: cueros, plumas, cerdas, astas, huesos, garras, colas y lanas.
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