Artículo 207 del Código Rural
El conductor de ganado en pie o de frutos del país en rodados, que fuese hallado sin el certificado-guía correspondiente, será detenido por la policía y no podrá seguir viaje el ganado o los frutos, sino cuando el conductor se haya provisto del certificado-guía; todo, cuando el hecho no importe delito de abigeato.
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