Artículo 202 del Código Rural
Cuando del cotejo del certificado-guía con el arreo, tropa o carga, resultaran diferencias o deficiencias que no sean de consideración y el conductor fuese un abastecedor o tropero debidamente autorizado, la policía dejará que siga su camino sin perjuicio de continuarse la indagación o el juicio en su caso.
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