Artículo 193 del Código Rural
La inutilización de cualquiera de las tres partes del certificado-guía en el momento de expedirse, obliga a inutilizar las otras, dando cuenta a la policía de tal inutilización.
Texto según IMPO.Ver en IMPO
La inutilización de cualquiera de las tres partes del certificado-guía en el momento de expedirse, obliga a inutilizar las otras, dando cuenta a la policía de tal inutilización.
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