Artículo 2096 del Código Civil
No se extingue por la muerte del mandante el mandato destinado a ejecutarse después de ella.
Tendrá lugar esta disposición, aunque los herederos fueren menores o incapaces.
Texto según IMPO.Ver en IMPO
No se extingue por la muerte del mandante el mandato destinado a ejecutarse después de ella.
Tendrá lugar esta disposición, aunque los herederos fueren menores o incapaces.
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