Artículo 89 del Código Civil
Los hijos que procedan de dichos matrimonios se declaran legítimos, cualquiera que sea la anotación que a su respecto arrojen los libros parroquiales de la Iglesia.
Texto según IMPO.Ver en IMPO
Los hijos que procedan de dichos matrimonios se declaran legítimos, cualquiera que sea la anotación que a su respecto arrojen los libros parroquiales de la Iglesia.
Texto según IMPO.Ver en IMPO