Artículo 176 del Código de la Niñez y la Adolescencia

(Responsabilidad de los padres o responsables).- Los padres o responsables de los niños y adolescentes que permitan o favorezcan que estos trabajen violando las normas prohibitivas consagradas en este Código, incurrirán en el delito previsto por el artículo 279 B. del Código Penal. Constatada la infracción, el Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay (INAU) o cualquier persona responsable, formulará la denuncia al Juez Letrado en lo Penal que corresponda.

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