Artículo 830 del Código Civil
Las formalidades a que respectivamente quedan sujetos los diversos testamentos, por las disposiciones de las tres secciones anteriores, deben observarse so pena de nulidad. (Artículo 1560).
Texto según IMPO.Ver en IMPO
Las formalidades a que respectivamente quedan sujetos los diversos testamentos, por las disposiciones de las tres secciones anteriores, deben observarse so pena de nulidad. (Artículo 1560).
Texto según IMPO.Ver en IMPO