Artículo 1180 del Código de Comercio
Si el buque capturado fuese represado, hallándose todavía a bordo la tripulación, se pagarán íntegramente los sueldos.
Texto según IMPO.Ver en IMPO
Si el buque capturado fuese represado, hallándose todavía a bordo la tripulación, se pagarán íntegramente los sueldos.
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