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  1. Normas
  2. Código de Comercio
  3. De los contratos de comercio
  4. De los contratos o de las obligaciones comerciales en general
  5. Del efecto de las obligaciones

Artículo 226 del Código de Comercio

Las convenciones sólo producen efecto, entre los contrayentes y sus representantes legales o convencionales. No perjudican ni aprovechan a quien no ha intervenido en ellas, fuera del caso de los artículos 332, 333 y 334.

Texto según IMPO.Ver en IMPO

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Capítulo II · Del efecto de las obligaciones · arts. 209 a 229

  1. 209Las convenciones legalmente celebradas, son ley…
  2. 210El que se ha obligado a entregar una cosa debe verificarlo…
  3. 211La obligación de cuidar de la cosa, ya tenga la convención…
  4. 212La obligación de entregar la cosa, se perfecciona con el solo…
  5. 213El deudor cae en mora, sea por interpelación judicial o intimación…
  6. 214Si uno se obliga sucesivamente a entregar a dos personas diversas…
  7. 215Toda obligación de hacer o de no hacer, se resuelve en resarcimiento…
  8. 216En caso de falta de cumplimiento, tratándose de cosa que pueda ser…
  9. 217Si la obligación es de no hacer, el contraventor debe los daños…
  10. 218Los daños y perjuicios sólo se deben, cuando el deudor ha caído…
  11. 219El deudor es condenado al resarcimiento de daños y perjuicios, sea…
  12. 220No se deben daños y perjuicios, cuando el deudor no ha podido dar…
  13. 221Se entiende por culpa en esta materia, todo hecho, toda omisión…
  14. 222Los daños y perjuicios debidos al acreedor, a no ser de los fijados…
  15. 223El deudor no responde sino de los daños y perjuicios que se han…
  16. 224Cuando la convención establece que el que deje de cumplirla pagará…
  17. 225En las obligaciones que se limitan al pago de cierta suma, los daños…
  18. 226Las convenciones sólo producen efecto, entre los contrayentes…
  19. 227Los acreedores pueden ejercer todos los derechos y acciones…
  20. 228Pueden también los acreedores pedir a nombre propio rescisión…
  21. 229Hay intención de defraudar, cuando el deudor que conoce o debe…