Artículo 552 del Código de Comercio

Cuando se ha prometido el saneamiento en general, o nada se ha estipulado a ese respecto, si la evicción se verifica, puede el comprador reclamar del vendedor: 1. La devolución del precio. 2. La de los frutos, cuando tiene que restituirlos al verdadero dueño. 3. Las costas de la demanda de saneamiento y las causadas en la demanda

primitiva. 4. Los daños y perjuicios y las costas del contrato.

CONCORDANCIA TEMATICA: Código Civil de 19/10/1994 artículo 1706.

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