Artículo 51 del Texto Ordenado de Inversiones 2011

(Trasposiciones al ejercicio siguiente del MTOP).- El Ministerio de Transporte y Obras Públicas podrá trasponer los proyectos con sus respectivos créditos incluidos en el plan de inversiones, al ejercicio siguiente, cuando se difiera la licitación, adjudicación o contratación de la obra de que se trate, manteniendo incambiado el monto máximo de ejecución correspondiente al ejercicio a que se traspone el proyecto.

Fuente: Artículo 189 de la Ley N° 15.903 de 10 de noviembre de 1987.

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Texto según IMPO.