Artículo 1017 del Código de Comercio
Todos los términos señalados en este Código para intentar alguna acción, o practicar cualquier otro acto, son fatales o improrrogables, sin que contra su prescripción pueda alegarse el beneficio de la restitución, aunque sea a favor de menores. Además de los casos de prescripción especificados en diversos artículos de este Código, hay también prescripción en los casos de que tratan los artículos siguientes.
Texto según IMPO.Ver en IMPO

